El sueldo regulador del IPE: una vieja regla que hoy vuelve a encender el debate

No nació en 2024. Está en la Ley 287 desde 2014 y el IPE reporta que se aplica desde 2017. La discusión real está en sus efectos y en cómo debe interpretarse.
Por Luis Sigüenza
Hay temas que regresan al debate público acompañados de una sensación de novedad.
El sueldo regulador del Instituto de Pensiones del Estado (IPE) es uno de ellos.
En los últimos meses, el asunto ha comenzado a generar inconformidad entre trabajadores y organizaciones sindicales, particularmente por los casos en los que la pensión que recibe un trabajador resulta inferior al último salario que percibía antes de jubilarse.
Y aquí vale la pena detenernos.
Porque antes de entrar a la discusión sobre si el mecanismo es justo o injusto, hay una pregunta básica:
¿Desde cuándo existe?
La respuesta que proporciona el propio IPE es clara: el sueldo regulador no es una medida creada recientemente.
Está contemplado en la Ley 287 de Pensiones del Estado, aprobada en 2014, y el Instituto señala que comenzó a utilizarse en procedimientos pensionarios desde 2017.
Es decir, no nació con la actual administración, ni apareció de repente a finales de 2024.
Y este dato cambia buena parte de la discusión.
Porque una cosa es cuestionar una ley, sus efectos o la manera en que una institución la interpreta y aplica, y otra muy distinta es presentar como una medida nueva algo que lleva años dentro del régimen pensionario.
Pero tampoco significa que el problema no exista
Aquí es donde la discusión se vuelve mucho más interesante.
Que el sueldo regulador exista desde 2014 no significa automáticamente que sus efectos sean justos para todos los trabajadores.
Ese es precisamente el debate que debería abrirse.
¿Qué pasa con un trabajador que durante décadas cotizó con determinado salario y, al final de su vida laboral, consiguió una mejora importante en sus percepciones?
¿Debe su pensión calcularse tomando como referencia su último salario?
¿O debe aplicarse el promedio salarial establecido por la legislación?
Ahí está el verdadero conflicto.
Y es donde las organizaciones sindicales tienen argumentos que deben ser escuchados.
Pero también el IPE tiene una responsabilidad: explicar con absoluta claridad cómo se calcula cada pensión y por qué un trabajador recibe determinada cantidad.
Porque cuando hablamos del retiro de una persona, no estamos hablando simplemente de una fórmula contable.
Estamos hablando de la vida laboral de alguien.
3 mil 767 casos
Hay otro dato que merece atención.
El IPE reporta que desde 2017 el sueldo regulador se ha aplicado en 3 mil 767 pensiones, dentro de un universo superior a 38 mil pensionistas.
Esto significa que tampoco sería correcto afirmar que existe una reducción generalizada de las pensiones de todos los jubilados del estado.
No es así.
El mecanismo se aplica dependiendo del régimen pensionario y de las circunstancias de cada trabajador.
Y precisamente por eso la discusión debería dejar de manejarse solamente desde las consignas.
Hay que revisar caso por caso.
Y aquí aparece un dato políticamente incómodo
La figura del sueldo regulador tampoco era desconocida dentro del propio ámbito sindical.
De acuerdo con los antecedentes documentales referidos, Elsy Elizabeth Hernández Cárdenas, quien actualmente ha expresado públicamente cuestionamientos al mecanismo, participó años atrás en sesiones del Consejo Directivo del IPE como representante suplente de una organización sindical.
La documentación referida registra su participación en asuntos relacionados con pensiones y jubilaciones.
Esto no invalida sus actuales cuestionamientos.
Pero sí obliga a hacer una pregunta:
¿Desde cuándo se conocía esta figura y cómo fue discutida por las representaciones sindicales cuando comenzó a aplicarse?
Porque si hoy existe una inconformidad legítima, también sería importante saber por qué el problema llega hasta ahora al centro del debate público.
La discusión que sí debemos tener
El asunto no debería reducirse a:
“El IPE está afectando a los trabajadores”.
Ni tampoco a:
“La ley dice eso y punto”.
Ambas posiciones son demasiado simples para un problema que puede determinar el ingreso de una persona durante el resto de su vida.
La verdadera discusión es otra:
¿La Ley 287 está siendo aplicada correctamente?
¿El cálculo del sueldo regulador corresponde exactamente a lo que establece la legislación?
¿Los trabajadores conocen con anticipación cuánto recibirán al jubilarse?
¿Existen casos en los que el mecanismo produce una diferencia desproporcionada entre el último salario y la pensión?
Y, sobre todo:
¿Es necesario modificar la ley o solamente revisar la manera en que está siendo interpretada y aplicada?
Porque hay algo que tampoco podemos perder de vista.
El IPE administra un sistema solidario. Lo que se decida hoy sobre el cálculo de las pensiones no solamente tiene consecuencias para quien se jubila mañana; también tiene consecuencias para la viabilidad financiera del Instituto y para las generaciones de trabajadores que todavía están cotizando.
Por eso este debate merece datos, documentos y argumentos, no solamente posiciones políticas.
El sueldo regulador no nació ayer.
Existe desde la legislación pensionaria de 2014 y, según el propio IPE, se utiliza desde 2017.
Ahora toca discutir algo mucho más importante:
si después de una década de aplicación, la regla sigue siendo adecuada, si está siendo aplicada correctamente y si garantiza una pensión justa para quienes dedicaron buena parte de su vida al servicio público.
Ahí está el verdadero debate.
Y ese, a diferencia de muchas discusiones políticas, sí merece que lo tomemos en serio.





