16 diciembre, 2025

Veracruz, segundo lugar nacional en trabajadores sin aguinaldo

Dinero-Billetes

Xalapa, Ver; 16 diciembre 2025.- Veracruz se ubica como el segundo estado del país con mayor número de trabajadores subordinados que no recibirán aguinaldo, al registrar alrededor de un millón de personas en esta condición, de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

El Estado de México encabeza la lista con 2.2 millones de trabajadores sin acceso a esta prestación, seguido por Veracruz y Puebla, ambos con aproximadamente un millón cada uno. En los siguientes lugares se encuentran la Ciudad de México y Michoacán, con 800 mil trabajadores en cada caso.

A nivel nacional, 13.7 millones de trabajadores no recibirán aguinaldo, a pesar de que la fecha límite de pago es el 20 de diciembre, y la ley establece que esta prestación no puede cubrirse en especie.

Del total de personas sin aguinaldo, 5.3 millones tienen entre 15 y 29 años, es decir, pertenecen a la llamada Generación Z; otros 5.2 millones se encuentran en el rango de 30 a 49 años, mientras que el resto son mayores de 50 años.

El investigador del Posgrado de Economía de la UNAM, Clemente Ruiz Durán, explicó que la mayoría de los jóvenes se encuentran empleados bajo esquemas temporales o informales, lo que impide su acceso a prestaciones de ley como el aguinaldo.

“Los patrones no realizan el proceso de formalización, lo que deja a millones de trabajadores sin derechos laborales básicos”, señaló.

En este contexto, el académico advirtió que la reducción gradual de la jornada laboral de 48 a 40 horas, prevista a partir de 2027, no generará más empleos y podría incluso empeorar las condiciones del mercado laboral, si no se acompaña de políticas integrales.

Por su parte, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recordó que, conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo mínimo equivalente a 15 días de salario.

Quienes no hayan cumplido un año de servicio deben recibir la parte proporcional, independientemente de que se encuentren o no laborando al momento del pago.

Este derecho aplica para trabajadores de base, confianza, sindicalizados, de planta, por obra o tiempo determinado, por temporada, por tiempo indeterminado, sujetos a prueba o a capacitación inicial, entre otros regidos por la LFT.

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