TEV anuló elecciones de diversas localidades en Tancoco e Ixhuatlancillo, Veracruz

Xalapa, Ver; 17 de junio de 2026.- Esta tarde, en sesión pública celebrada de manera virtual, las magistraturas que integran el Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvieron diversos medios de impugnación relacionados, entre otros temas, con la elección de agencias y subagencias municipales en la entidad, así como con la violencia política contra las mujeres en razón de género.
En primer lugar, se declaró la inexistencia de la violencia política contra las mujeres en razón de género, reclamada por una edil en contra de diversas páginas alojadas en la red social Facebook. Al respecto, se consideró que las expresiones denunciadas no contienen estereotipos de género ni se dirigen a la actora por su condición de mujer, sino que constituyen críticas sobre la gestión municipal y el ejercicio del gasto público (TEV-JDC-223/2026).
En segundo término, las magistraturas anularon la elección de la localidad “Llano de Enmedio”, perteneciente al municipio de Tancoco, Veracruz. Lo anterior, toda vez que se acreditó la existencia de irregularidades graves y determinantes durante la jornada electoral, especialmente, por la falta de certeza en el sentido de la votación emitida derivada de inconsistencias en el control de la participación de las personas votantes (TEV-JDC-291/2026).
Por otra parte, el Pleno del TEV declaró fundada la obstaculización del ejercicio del cargo cometida por las personas titulares de la Presidencia Municipal, Secretaría y del Instituto Municipal de la Mujer, todas del Ayuntamiento de Acayucan, Veracruz, en contra de una edil de mencionado órgano de gobierno, al no haberla convocado debidamente a una sesión de cabildo (TEV-JDC-299/2026).
En otro asunto, se anuló la elección de la Congregación Unión y Progreso, del municipio de Ixhuatlancillo, Ver., al acreditarse que la Junta Municipal responsable vulneró el principio de certeza pues, aunque la convocatoria establecía que la jornada electiva se realizaría en el Palacio Municipal, posteriormente las mesas receptoras fueron instaladas en las canchas de la Congregación, sin que ese órgano tuviera facultades para modificar una regla esencial previamente establecida (TEV-JDC-323/2026).
Finalmente, las magistraturas confirmaron el acuerdo OPLEV/CG092/2026, emitido por el Consejo General del OPLE Veracruz, por el que se determinó imponer a la asociación política estatal “Compromiso con Veracruz” las sanciones consistentes en amonestación pública y una multa. Al respecto, se advirtió que dicha asociación desplegó una conducta dolosa al omitir reportar de conformidad con las obligaciones que le impone el Reglamento de Fiscalización, con la intención de aparentar una situación que no es real (TEV-RAP-10/2026).





