Café de mañana

Por José Luis Enríquez Ambell
ARRENDAMIENTO DE VIENTRES; UNA REAL GESTACIÓN SUBROGADA
A partir de un enfoque legal, el acuerdo por el cual una mujer (la gestante) acepta llevar un embarazo en su útero, el cual concluye con la entrega del bebé a los padres intencionales (sus clientes), y es así una manifestación de dos o más voluntades, en dónde la gestante NO tiene – aparentemente – vínculo genético con el bebé, ya que se implanta un embrión ajeno, y este concebido mediante fecundación in vitro con óvulos y esperma de los padres intencionales o donantes.
Coloquialmente se habla y dice o refiere a “los vientres en renta”, a la gestación subrogada o por sustitución, que es un procedimiento de reproducción asistida donde una mujer gesta un bebé para entregar a otra persona o pareja, y está figura ronda en la legalidad y regulación, y varía en cada país, y aquí en México, según cada entidad federativa.
En ese sentido, la gestación subrogada o “el arrendamiento de vientres” no está regulada a nivel federal, lo que genera que está figura legal aparezca solo en algunos estados, y con cierta claridad en su normativas. Y así es que los estados más avanzados o con mayor actividad en esta práctica son: Tabasco, Sinaloa y Ciudad de México.
El estado vecino del sur de Veracruz, es el pionero en regular la gestación subrogada, aunque tras reformas en 2016 se restringió a parejas heterosexuales mexicanas. Sinaloa, lo incluyo en su código familiar y hasta regula que la gestante no reciba un pago excesivo y que los futuros padres sean ciudadanos mexicanos y demuestren incapacidad de concebir. Y mientras que en CDMX, sin contar con una ley específica, los precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) han facilitado que celebren contratos de gestación subrogada, permitiendo que los padres intencionales sean registrados directamente, esto es, reconociendo el derecho a la conformación de la familia.
Así pues, los acuerdos entre las partes que se mueven entre gratuito, comercial u honeroso, finalmente es un tema de debate legal, pero sobre todo de discusión ética en la costumbre, los valores y principios por la población en México, pues incluso en el mundo hay varias posturas diferentes, y en el caso de nuestro País, al no haber una regulación federal y unificada, genera un entorno complejo.
La Corte ha reconocido la voluntad de procrear como base legal y ha establecido criterios para proteger los derechos de todas las partes, y ha recomendando la revisión judicial de los acuerdos antes del embarazo para evitar vulneraciones, pero la regulación específica depende de cada estado, y algunos como VERACRUZ, Querétaro, San Luis Potosí y Coahuila la prohíben explícitamente.
Cierto o falso, hay quienes hablan que este tipo de gestación subrogada tiene costos que rondan los 600 mil pesos y el millón de pesos, y que para la gestante circula entre los 400 mil y 500 mil pesos.
Lo cierto en todo esté universo, es que la falta de una regulación clara a nivel nacional en México aumenta la desprotección de las mujeres gestantes y dan lugar a agencias no constituidas legalmente que la promueven, por lo que se recomienda buscar asesoría legal y médica especializada en fuentes oficiales y reconocidas.
DE SOBREMESA
La gestación subrogada (vientres de alquiler) en Veracruz y algunos otros estados, opera en una frontera delgada y zona gris en lo legal, y ha generado casos de vulnerabilidad tanto para las mujeres gestantes como para los menores.
Esa situación, ha llevado a qué surjan grupos y organizaciones feministas impulsando ciertas iniciativas para prohibir esa práctica y también, declararla una especie o figura de explotación reproductiva.
Así que los legisladores federales y estatales en Veracruz, tienen tarea en esta asignatura, en relación a norma civil.
UN CAFÉ LECHERO LIGHT
“Pa que adivinar lo que se va a saber”.
Las observaciones de la Auditoría Superior de la Federación al ejercicio 2024 de Veracruz en su conjunto en términos de entes públicos, que ha entregado a la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, por concepto de los informes de la fiscalización a la cuenta pública del ejercicio en su conjunto, será tema de agenda para mucho tiempo en el devenir.
¡ES CUANTO!
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