El Pleno del TEV anula la elección de una subagencia municipal en Mixtla de Altamirano

Por la vulneración al principio de paridad de género.
Xalapa, Ver; 25 de junio de 2026.- En sesión pública celebrada de manera virtual, las magistraturas que integran el Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvieron 35 medios de impugnación relacionados, entre otros temas, con la vulneración a derechos de un edil y la procedencia de medidas cautelares, así como con la anulación de una elección por el incumplimiento de la paridad de género.
En primer lugar, se declaró fundada la obstaculización al ejercicio del cargo de un regidor del Ayuntamiento de Tierra Blanca, Veracruz, pues no se acreditó que la modificación de horario ni la inclusión de un punto adicional en el orden del día de una sesión de cabildo le hubieran sido debidamente notificadas, ni que se le hubiera proporcionado la documentación de soporte correspondiente (TEV-JDC-419/2026).
En segundo término, se confirmó un acuerdo de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del OPLE Veracruz, que declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por un edil de un ayuntamiento en su denuncia original. Lo anterior, al considerar que la autoridad responsable actuó conforme a derecho y con apego a los criterios establecidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, realizando un análisis fundado, motivado y exhaustivo (TEV-RAP-12/2026).
Finalmente, el Pleno del TEV anuló la elección de la subagencia municipal de la Ranchería Axoxohuilco, en Mixtla de Altamirano, Ver., toda vez que se acreditó que la Junta Municipal Electoral responsable no vigiló que la integración de agencias y subagencias municipales cumpliera con la proporción de 50% mujeres y 50% hombres, conforme lo exigía la propia convocatoria.
Al anularse dicha elección, se dejó sin efectos la eventual toma de protesta de la fórmula ganadora. En consecuencia, se ordenó la celebración de una elección extraordinaria en la que únicamente participen candidatas mujeres a fin de restituir el derecho vulnerado (TEV-JDC-222/2026).





