Transparencia en Veracruz: la funcionalidad que tienen los portales municipales en el 2024.
Una Visión Ciudadana.
Alan Sayago Ramírez.
El Gobierno abierto constituye una herramienta de actualidad para la ciudadanía, es un pilar fundamental para llegar a una democracia representativa y participativa, para ello es necesario aprovechar la tecnología, para un mejoramiento continuo.
Esta permite precisamente un mayor involucramiento en el proceso de la toma de decisiones, teniendo como resultado la mejora de la calidad y la transparencia del gobierno, que tiene un impacto en el bienestar de la población a través de las políticas públicas, su implementación, la evaluación y hoy en día la metaevaluacion para conocer los efectos de las políticas públicas en la población.
De manera de que el ciudadano deje de ser un actor de las políticas públicas, para convertirse en un protagonista activo del proceso del cambio, es por ello que se realiza un reporte detallado dándole continuidad a la medición realizada en septiembre del 2022.
El estudio realizado, tuvo como finalidad presentar información comparativa desde lo local hasta lo estatal, que sirva como puente para la solución de problemas que afectan a la ciudadanía, sobre el nivel de funcionalidad que tienen los portales de los gobiernos municipales en Veracruz.
Han pasado más de 2 años, desde que algunos municipios han intentado asumir su responsabilidad respecto a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave (LTAIPV). Dicha ley establece mecanismos para que los ciudadanos conozcan, de manera certera, clara y oportuna, la información sobre la gestión gubernamental.
Vale la pena aclarar que en el año 2021 se eligieron a 212 nuevos Ayuntamientos en el estado de Veracruz, y de estos, la mayoría entró en funciones el 1º de enero del 2022. Uno de los compromisos más recurrentes durante las campañas electorales, de los actuales alcaldes, fue la transparencia en la información y los servicios gubernamentales a los ciudadanos a través de sus portales de internet.
Tras estos 2 años de gobierno, muchos de los municipios, siguen teniendo un gran rezago en el uso de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC), debido a que continúan escasos los avances en datos abiertos y buenas prácticas de colaboración y participación ciudadana para impulsar a un Gobierno abierto.
¿Cómo se evalúa?
El modelo teórico usado para la investigación de este reporte, se basa en el cumplimiento de los Artículos 13° y el 15° fracción I, II, VII, y XVII de la LTAIPV, lo cual permite hacer la evaluación en cuatro componentes:
- El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios y políticas, entre otros.
- Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
- El directorio de servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel cuando se brinde atención al público, manejen o apliquen recursos públicos, realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos, el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.
- La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto; si en tal información se incluyen estudios diversos a los requeridos para ocupar el cargo, el sujeto obligado deberá contar con el soporte documental respectivo
La visita a los portales electrónicos de los Ayuntamientos, se realizó durante febrero del 2024 (los municipios son tomados de forma aleatoria), con un lapso de una hora, por cada portal evaluado. El siguiente paso, fue validar las direcciones Uniform Resource Locator (URL) de cada uno de los portales, verificando que fuera el sitio web correcto. Una vez concluida la recolección de los datos, la captura se validó para ser analizada y posteriormente poder realizar su análisis respectivo.
URL de los Portales Electrónicos de Transparencia revisados en el año 2022 y 2024:
Xalapa https://xalapa.gob.mx/
Veracruz https://www.veracruzmunicipio.gob.mx/
Jalacingo http://jalacingo.gob.mx/
Perote http://www.perote.gob.mx/
URL de los Portales Electrónicos de Transparencia revisados en el año 2024
Emiliano Zapata https://www.emilianozapata.gob.mx/
Yecuatla http://www.yecuatla.gob.mx/
¿Qué se encontró?
En el municipio de Xalapa, al revisar su información en el portal publicado el 31 diciembre del 2023 y validada dicha información por la propia autoridad de transparencia, el día 10 enero del 2024, da cumplimiento al artículo 13°, al igual que el artículo 15°, Fracción I y II, sin embargo en la fracción VII, se observa que algunos funcionarios, presentan la falta información sobre el directorio, así mismo, esta no está cargada de manera correcta y no aparece el link o liga electrónica para descargar el directorio; con respecto a la fracción XVII del mismo artículo, se vislumbra que la información curricular de algunos servidores públicos como Regidor/a, Jefe/a del Departamento de Juventud, Secretario/a Técnica, Jefe/a del Departamento de Inspección y Atención Comercial, Director/a de Medio Ambiente, no presentan los números de título y de la cedula profesional a pesar de ser servidores públicos que se ostentan aparentemente con estudios de nivel superior y/o posgrado concluidos. A la vez que se revisó en la base de datos del registro nacional de profesiones de la SEP, en donde para nuestra triste sorpresa fue que no se encontró ningún dato de sus cédulas profesionales.
En el municipio de Veracruz, al revisar su información en el portal publicado, da cumplimiento al artículo 13° y de igual manera tuvo una gran mejoría sobre el artículo 15° Fracción I y II, sobre la fracción VII y XVII; algunos campos de algunos servidores públicos no están cargados de manera correcta y aparece la leyenda “404 elemento no encontrado”, de la misma forma no presentan los números de los títulos y de las cédulas profesionales respectivas de aquellos servidores públicos.
En el municipio de Jalacingo, al revisar su información en el portal publicado el 18 de septiembre del 2023, y validada dicha información por la propia autoridad de transparencia el 26 enero del 2022, da cumplimiento al artículo 13°, de la misma forma en el artículo 15° Fracción I, II y VII, sobre la fracción XVII del dicho artículo, se logra observar la leyenda “Sin información” y al acudir al portal de la Plataforma Nacional de Transparencia e intentar buscar la opción currículo de funcionarios, solo arrojan 36 nombres en la base de datos, omitiendo a la mayoría de funcionarios de dicho ayuntamiento, es decir desafortunadamente no cumplen con lo que estipula la ley.
En el municipio de Perote, se repite algo similar, debido a que al revisar la información en el portal publicado el 31 diciembre del 2023 y validar dicha información por la propia autoridad de transparencia el 10 enero del 2024, da cumplimiento al artículo 13°, al igual en el artículo 15° Fracción I, II y VII, no obstante, con respecto a la fracción XVII, no está cargada de manera correcta y no aparece el link o liga electrónica para ver su información curricular.
En el municipio de Emiliano Zapata, también se revisó la información que se emite en el portal publicado el 31 diciembre del 2023 y validada dicha información por la propia autoridad de transparencia el 26 enero del 2024, da cumplimiento al artículo 13°, al igual en el artículo 15° Fracción I, II y VII, sin embargo se vuelve a repetir algo similar a lo antes mencionado en otros municipios ya que sobre la fracción XVII no presentan los números del título y de la cédula profesional de aquellos servidores públicos que se exhiben aparentemente con estudios de nivel superior y/o posgrado concluidos.
En el municipio de Yecuatla, se le da cumplimiento al artículo 13°, al igual en el artículo 15° Fracción I, II y VII, sobre la fracción XVII, pero no presentan los números de título y de la cédula profesional de aquellos servidores públicos, un patrón repetitivo ya que se muestran aparentemente con estudios de nivel superior y/o posgrado concluidos.
Conclusión:
Pese a los avances legislativos en estos tiempos electorales, el concepto de un gobierno abierto y la transparencia, toma gran relevancia, es por ello que debemos defender y revisar las obligaciones de transparencia de los municipios y como ciudadanos, es importante empaparnos de la información pública, para poder exigir un mejor gobierno ya que eso nos permitirá contar con servidores públicos con preparación profesional y técnica necesaria para el buen desempeño de sus responsabilidades así como el diseño de mejores políticas públicas.
Alan Sayago Ramírez
Delegado de la asociación política Estatal GAMEC, licenciado en Derecho, maestro en política y gestión pública y Doctorante en Derecho.
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