SEP publica PROTOCOLOS y requisitos para REAPERTURA de ESCUELAS y clases
Una vez que las condiciones lo permitan, la reapertura de clases en México será gradual, ordenada y cauta, indicó la Secretaría de Educación Pública (SEP) en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Sin referir una fecha específica como en ocasiones anteriores, porque el regreso a clases presenciales será de acuerdo al sistema de semáforo por regiones para actividades sociales, educativas y económicas, la dependencia presentó los protocolos a efectuarse.
Estas medidas extraordinarias se aplicarán para todas las instituciones educativas sin excepción.
Por ello las escuelas interesadas en iniciar un proceso de verificación para agilizar los trámites y procedimientos necesarios ante la SEP deberán presentar un instrumento notarial que contenga la fe de hechos, mediante el cual se certifique lo siguiente:La recolección de evidencia fotográfica o digital del inmueble en la que se observen detalladamente las instalaciones durante la visita del fedatario público al domicilio señalado.La inserción en el instrumento notarial de evidencia fotográfica a color, del inmueble que permita apreciar con suficiente claridad las instalaciones, incluyendo áreas comunes, de servicios y de circulación, acondicionadas y equipadas, son óptimas para su funcionamiento y la impartición del programada de estudio.La descripción del equipo con la que fue tomada la evidencia fotográfica digital, nombre de la persona que la recabó, quien deberá corresponder al representante legal, de tal forma que en el instrumento notarial se deje constancia de la existencia y congruencia con lo que manifieste en sus diversas documentales presentadas.
-Documentación-
De igual manera, el personal directivo de cada centro educativo deberá una documentación específica sobre la ocupación legal del inmueble, en propiedad o posesión:
I.- La ocupación legal del inmueble, en propiedad o posesión;
II.- Constancia de uso de suelo expedida por la autoridad competente, la cual deberá especificar que el inmueble está habilitado para la prestación de servicios educativos, señalando su vigencia;
III.- Constancia vigente de seguridad estructural expedida por la autoridad competente diversa a la educativa, con la que el solicitante acredite que el inmueble que ocupa el plantel cumple con las disposiciones aplicables, y
IV.- Constancia vigente expedida por la autoridad competente diversa a la educativa, con la que el solicitante acredite que el inmueble que ocupa el plantel cumple con las disposiciones aplicables en materia de protección civil.
Asimismo, el trámite de Reconocimiento de Saberes Adquiridos que se lleva a cabo ante la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, deberá realizarse a través del siguiente correo electrónico: solicitudesacuerdo286@nube.sep.gob.mx , durante los días y horario hábiles que será de lunes a viernes, de las 9:00 a las 18:00 horas del día.
Las Instituciones Evaluadoras deberán adjuntar a su solicitud:
I. Única y exclusivamente en formato PDF, los siguientes documentos:
a) Solicitud de expedición de título, con firma autógrafa en tinta azul;
b) Acta de nacimiento;
c) CURP;
d) Identificación oficial vigente con fotografía (INE, Pasaporte o Cédula Profesional);
e) Dictamen de acreditación emitido por la Institución Evaluadora autorizada, y
f) Pago de derechos.
II. Formulario en archivo Excel editable, el cual podrá ser descargado en la siguiente dirección electrónica: http://www.sep.gob.mx/es/sep1/acuerdo_286.