Ilegal que FGE manipule y filtre videos; en dicho video se confirma que mi actuación fue totalmente legal: Erik Iván Aguilar
* FGE debe iniciar de oficio una investigación para determinar quién filtró ilegalmente dicho video.
* FGE debe iniciar de oficio una investigación para determinar quién filtró ilegalmente dicho video.
Alto Lucero, Ver., a 21 de febrero de 2019.- Con relación a la ilegal filtración de un vídeo editado, el cual sólo tiene en su poder la FGE, ya que está reservado dentro de la carpeta de investigación del juicio de procedencia que se sigue en mi contra, y a la que nadie tiene acceso, preciso lo siguiente:
1) En el video se confirma lo que siempre he sostenido: que no hice nada ilegal y que sólo pedí la intervención inmediata de la fiscalía en favor de una familia de campesinos que sufrían, además de la pérdida de un familiar, la negligencia e injusticia de diversas autoridades y que solicitaron mi intervención como paisano que soy de ellos y además de su representante popular.
2) En el video se puede ver claramente que el personal de la Fiscalía, a altas horas de la noche, no hacía su trabajo; que nadie les impidió hacerlo y que en ningún momento se opusieron a que los familiares trasladaran el cuerpo del occiso.
3) Con dicha filtración ilegal de este video editado se viola el debido proceso en mi contra, puesto que he pedido el acceso a la carpeta de investigación número FECCEV/019/2020, y se me ha negado, argumentando que se violenta el artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales, pero con esta filtración se muestra el poco profesionalismo de la Fiscalía, ya que vulnera mi Presunción de Inocencia, el Debido Proceso y la Secrecía de una Investigación; principios todos reconocido por nuestra Constitución Federal.
4) Lo mínimo que puede hacer la Fiscalía General del Estado es iniciar de oficio una investigación para determinar quién o quiénes filtraron dicho vídeo y el por qué de ello; puesto que es configurativo de una responsabilidad penal. Vale la pena señalar que este video nunca fue ofrecido por la fiscalía dentro de la carpeta que presentó como prueba para el Proceso de Declaración de Procedencia, lo ocultó. Con ello viola el principio de lealtad con el que se debe regir (artículo 128 CNPP).
Al no estar ofrecido dentro de las pruebas que presentó la Fiscalía no puede ser tomado en cuenta por la Comisión Instructora, puesto que no fue ofrecido ni desahogado en audiencia, lo que implicó que no pudiera controvertirlo.
5) Se observa en dicho video editado que instantes antes de que se mueva la camilla se oye decir al padre del occiso: “sí, ya el señor me dio el acta para firmarla…”.
Con esto es evidente que la muerte de un campesino y el dolor de una familia humilde la quiere politizar la Fiscalía, instancia que sigue mostrando su indolencia, poco profesionalismo y revanchismo contra un diputado crítico que sólo intervino de forma legal ante la petición y reclamo de una familia de veracruzanos que vivían, además de una tragedia, la injusticia y la negligencia de la Fiscalía y de otras autoridades.