24 noviembre, 2024

Aborto seguro y legal para Veracruz.

Es la cuarta entidad en aprobarlo, después de la Ciudad de Mexico, Oaxaca e Hidalgo.

Xalapa, Ver., 20 de julio 2021.- Con 25 votos a favor, 13 en contra, el Congreso Local aprobó este martes la despenalización del aborto en Veracruz hasta las 12 semanas de gestación, con lo que se convierte en la cuarta entidad en contar con este mecanismo, después de la Ciudad de México, Hidalgo y Oaxaca.

La fracción legislativa del PAN votó en contra al apoyar la vida y la libertad del no nacido todavía, “se trata de un homicidio a quien solo tiene doce semanas”.

El diputado local del PAN, Enrique Cambranis Torres, dijo que solo se aprobó un circo mediático “porque las penas que están imponiendo, esta reforma no despenaliza el aborto en Veracruz, incita a considerar el aborto como un método anticonceptivo y donde está la voluntad del que no ha nacido. Se trata de un ataque vil y cobarde contra alguien que no tiene la mínima posibilidad de tener una defensa”.

En defensa de su proyecto, subió a tribuna la diputada de MORENA, Mónica Robles Barajas, quien presentó la iniciativa de decreto que reforma los artículos 149, 150, 151, 153 Y 154 y deroga el articulo 152 todos del Código Penal para el estado de Veracruz, quien dijo que se trata de una medida urgente para todas las mujeres del estado.

El proyecto de reforma contempla que comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo después de la décima segunda semana de gestación. Para efectos de este Código, el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio.

A la mujer que se provoque o consienta que se le practique un aborto, una vez transcurridas las primeras doce semanas de gestación, se le impondrán de 15 días a dos meses de tratamiento en libertad, consistente en la aplicación de medidas integrales de salud, con respeto a sus derechos humanos.

A la persona que haga abortar a la mujer con su consentimiento, en los términos del párrafo anterior, se le impondrán de quince días a dos meses de prisión o de cincuenta a cien días de trabajo en favor de la comunidad, y multa de hasta setenta y cinco días de salario. En este caso, el delito de aborto únicamente se sancionará cuando se haya consumado.

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