24 noviembre, 2024

Cámara de Diputados avaló la extinción de siete órganos autónomos

Presidencia de la Mesa Directiva declaró un receso y citó para reanudar la sesión mañana jueves 21 de noviembre, a la 9:00 horas.

Ciudad de México., 21 de noviembre 2024.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, por mayoría calificada de 347 votos a favor, 128 en contra y cero abstenciones, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política, para extinguir siete órganos autónomos.

Se derogan las disposiciones relativas al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación (MEJOREDU), Comisión Reguladora de Energía (CRE) y Comisión Nacional Hidrocarburos (CNH).

El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, declaró un receso y citó para este jueves 21 de noviembre, a la 9:00 horas, a fin de continuar la discusión del dictamen en lo particular.

Aspectos del dictamen

Entre otras cuestiones, se establece que el Ejecutivo Federal, a través de la dependencia encargada de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión, garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet.

Indica que información que se refiere a la vida privada y los datos personales estará protegida por los sujetos obligados que contarán con facultades suficientes para su atención. Determina que los sujetos obligados deberán promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de acceso a la información pública y a la protección de datos personales.

Señala que las leyes deberán establecer las bases, principios generales y procedimientos del ejercicio de estos derechos, así como la competencia de las autoridades de control interno y vigilancia u homólogos en el ámbito federal y local para conocer los procedimientos de revisión contra los actos que emitan los sujetos obligados.

Menciona que el organismo encargado de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica también estará a cargo de la medición de la pobreza y de la evaluación de los programas, objetivos, metas y acciones de la política de desarrollo social, así como de emitir recomendaciones y establecer las formas de coordinación del organismo con las autoridades federales, locales y municipales para el ejercicio de sus funciones.

Resalta que el Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia encargada de conducir y supervisar la política energética del país, contará con atribuciones para llevar a cabo la regulación técnica y económica, así como la facultad sancionadora en materia energética y de hidrocarburos.

Subraya que el Ejecutivo Federal, a través de la dependencia encargada de formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país, contará con las facultades necesarias para cumplir con dicho objeto.

Se derogan las disposiciones relativas al Instituto Federal de Telecomunicaciones y transfiere sus facultades a la dependencia encargada de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión.

Determina que el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas tendrá competencia para conocer de los asuntos relacionados con el acceso a la información pública y la protección de datos personales a cargo de los partidos políticos; también conocerá de los recursos de revisión que interpongan los particulares respecto de las resoluciones de los partidos políticos.

Hace mención que los entes públicos ajustarán sus estructuras orgánicas y ocupacionales de conformidad con los principios de racionalidad y austeridad republicana, eliminando todo tipo de duplicidades funcionales u organizacionales, atendiendo a las necesidades de mejora y modernización de la gestión pública.

En los artículos transitorios, menciona que el Congreso de la Unión tendrá un plazo de noventa días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar las adecuaciones necesarias a las leyes que correspondan para dar cumplimiento a éste.

Además, respecto a lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 134 constitucional del decreto, las adecuaciones legislativas que se realicen deberán considerar la eliminación de los organismos, unidades administrativas o estructuras que representen duplicidad de funciones, así como la integración de los órganos desconcentrados y descentralizados o unidades administrativas en las dependencias de la administración pública centralizada que puedan asumir su competencia.

El Ejecutivo Federal deberá emitir los decretos de extinción correspondientes a efecto de dar cumplimiento al artículo 134 párrafo tercero, del decreto.

De igual modo, las economías y ahorros que se generen con la extinción de los entes públicos materia del presente decreto se destinarán al Fondo de Pensiones para el Bienestar en términos de la legislación aplicable.

Las Legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, tendrán el plazo máximo de noventa días naturales contados a partir de la expedición de la legislación a la que alude el Artículo Segundo Transitorio para armonizar su marco jurídico en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, conforme a este decreto.

Una vez que entre en vigor la legislación a la que hace referencia el Artículo Segundo transitorio, se entenderán extintos los entes públicos a los que hace referencia el decreto.

Los actos jurídicos emitidos por la Comisión Federal de Competencia Económica, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, los Organismos garantes de las entidades federativas, la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Comisión Reguladora de Energía, con anterioridad a que entre en vigor la legislación secundaria, surtirán todos sus efectos legales.

Los recursos materiales, así como los registros, padrones, plataformas y sistemas electrónicos de los entes públicos que se extinguen pasarán a formar parte de las dependencias del Ejecutivo Federal o al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, según corresponda, en los términos del decreto y de la legislación secundaria que al efecto se emita.

Argumenta que los comisionados del Instituto Federal de Telecomunicaciones, de la Comisión Federal de Competencia Económica, de la Comisión Reguladora de Energía y de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y de los Organismos garantes de las entidades federativas, que a la entrada en vigor del presente Decreto continúen en su encargo, concluirán sus funciones a la entrada en vigor de la legislación a que aluden los artículos Segundo y Cuarto transitorios, respectivamente, salvo aquellos cuya vigencia de su nombramiento concluya previamente.

Subraya que los derechos laborales de las personas servidoras públicas serán respetados en su totalidad, en términos de la legislación aplicable. Los recursos humanos con que cuenten los entes públicos que se extinguen a consecuencia del presente decreto pasarán a formar parte de aquellos que asuman sus atribuciones, cuando corresponda.

El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales en la LXV Legislatura, el cual modifica los artículos 3, 6, 26, 27, 28, 41, 76, 78, 89, 105, 113, 116 y 123 de la Constitución Política, deriva de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal, así como de diversas iniciativas conexas de diputadas y diputados.

Plantea extinción de organismos constitucionalmente autónomos

Al dar cuenta de la síntesis del dictamen, la diputada Kenia López Rabadán (PAN), en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, expresó que la propuesta busca reestructurar la Administración Pública en México, promoviendo un modelo que priorice eficiencia, austeridad y buena administración, mediante la medicación de varios artículos de la Constitución.

Se plantea, dijo, extinción de algunos organismos constitucionalmente autónomos y la redistribución de sus funciones entre las dependencias del Ejecutivo Federal, lo que incluye a instituciones como la Comisión Federal de Competencia Económica, Instituto Federal de Telecomunicaciones, Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, entre otros.

La idea subyacente, argumentó, es centralizar estas funciones. Las funciones de mejora continua de la educación, previamente a cargo de la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación serán transferidas a la Secretaría de Educación Pública.

Respecto a la transparencia y protección de datos, relató, la responsabilidad pasará a la Secretaría de la Función Pública y otros órganos internos. La medición de la pobreza y la evaluación de políticas públicas, sociales y laborales que pertenecían al Coneval se integrarán al Inegi.

López Rabadán comentó que los transitorios de la reforma establecen plazos para la implementación de estos cambios; por ejemplo, el Congreso deberá ajustar las leyes en un plazo de 90 días naturales y las legislaturas estatales tendrán 90 días adicionales para la armonización.

Además, dijo, los ahorros de la extinción de estos entes públicos se destinarán al Fondo de Pensiones para el Bienestar y los recursos humanos y materiales de las entidades que se extingan serán transferidos a las instituciones responsables, y se respetarán los derechos laborales de los servidores públicos afectados.

Desechan moción suspensiva

En votación económica, se desechó moción suspensiva de la diputada Anayeli Muñoz Moreno (MC) para interrumpir la discusión del dictamen, pues los órganos constitucionales autónomos fungen como reguladores, son garantes de los derechos humanos y pilares de la democracia, y porque en el proceso legislativo no se incluyó la opinión de las y los integrantes de la LXVI Legislatura, ni se escuchó a la academia ni a la sociedad.

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