Resuelve IVAI 135 casos; 15 ayuntamientos tuvieron observaciones y sanciones
Xalapa, Ver., 12 de septiembre de 2024.- Durante el desahogo de la sesión pública extraordinaria, celebrada la tarde de este jueves, el Pleno del IVAI resolvió 135 recursos de revisión, de los cuales 104 corresponde a recursos de revisión, 24 a Denuncias de Incumplimiento de Obligaciones de Transparencia (DIOTs), cinco expedientes de Verificación Oficiosa y dos expedientes de Investigación por Presunta Vulneración de Datos Personales.
Durante su intervención, el Director de Datos Personales, Licenciado Alan Eduardo Celaya Flores, expuso los acuerdos IVAI-INVS/02/2024 e IVAI-INVS/03/2024 en contra del Ayuntamiento de Villa Aldama, los cuales fueron iniciados de manera oficiosa, toda vez que el Tribunal Electoral de Veracruz reencausó los Asuntos Generales.
Del análisis de las constancias que integran los expedientes en mención se observaron datos personales que fueron puestos a la vista en los estrados del sujeto obligado, tales como CURP, edad, domicilio, nombre, firma, nacionalidad, fecha de nacimiento, estado civil, lugar de nacimiento y datos sobre situación jurídica o legal, lo cual corresponde a información clasificada como confidencial.
Dichos argumentos agraviaron al solicitante, por lo que ante una posible vulneración de datos personales, el Pleno de este Instituto requirió información al sujeto obligado; sin embargo, éste hizo caso omiso a dicho, hecho que fue certificado por la Secretaría de Acuerdos.
Para finalizar su intervención, Celaya Flores informó que se inició el procedimiento de verificación, donde se le requirió mayor información con la finalidad de allegarse de elementos suficientes que pudieran determinar la existencia de una vulneración en la materia, pese a ello, el sujeto obligado, de nueva cuenta, fue omiso en dar contestación, por lo que la Secretaría de Acuerdos certificó dicho acto.
El estudio realizado a las constancias que obran en autos acredita la Vulneración de Datos Personales e incumplimiento a los principios y deberes establecidos en la Ley 316 de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Veracruz.
En tanto, el titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos, Enrique Adolfo Gutiérrez Cano, dio cuenta al Pleno con 12 proyectos de resolución, que en su totalidad comprenden 24 expedientes de denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, correspondiente al año 2024.
En principio, se dio cuenta con 9 proyectos que comprenden 20 expedientes radicados en las ponencias I, y II, integrados con motivo de las denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra de los ayuntamientos de Tuxtilla, San Rafael, Miahuatlán, Altotonga, Ixtaczoquitlán, Atlahuilco, y Mariano Escobedo, así como el Sindicato “Solidaridad Urbana” de Trabajadores Municipales al Servicio del ayuntamiento de Xalapa (Solidaridad Urbana).
En los proyectos se propone declarar fundadas las denuncias, porque de las constancias que obran en los expedientes se acreditó el incumplimiento denunciado, proponiendo a este Pleno sancionar las conductas con el apercibimiento, y ordenar a los sujetos obligados, la publicación de las fracciones denunciadas, conforme a los lineamientos aplicables y en los términos que se justifican en los proyectos de resolución.
Por último, Gutiérrez Cano dio cuenta de 2 proyectos que comprenden 3 expedientes radicados en las ponencias I, y II, integrados con motivo de las denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Ayuntamiento de Río Blanco.
En los proyectos se propone declarar parcialmente fundadas las denuncias, en virtud de que si bien se localizó información publicada, lo cierto es que existen criterios que no son acordes con lo exigido por los lineamientos que regulan las correspondientes obligaciones de transparencia, por lo que se propone ordenar la correcta publicación en términos de la consideración final de los proyectos de resolución.
Por otra parte, se dio cuenta con un proyecto que comprende el mismo número de expediente radicado en la Ponencia II, con motivo de la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, presentada en contra del Ayuntamiento de Minatitlán.
En el proyecto se propone declarar como infundada la denuncia, porque contrario a lo señalado por la persona denunciante, y en lo que fue materia de análisis, se advirtió la correcta publicación de las obligaciones de transparencia.
Finalmente, se dio cuenta con 5 proyectos de acuerdo de incumplimiento que corresponde a los expedientes de verificación oficiosa del año 2024, relativos a los sujetos obligados ayuntamientos de Apazapan, Citlaltépetl, Tatahuicapan de Juárez, Texcatepec y Tlacolulan.
En cada uno de los expedientes en mención, con fundamento en lo establecido por los artículos 32, último párrafo, 252, fracción I, y 257 de la Ley de Transparencia del Estado de Veracruz, se propuso al Pleno de este Órgano Garante que sean sancionadas las conductas con la amonestación pública, siendo innecesario realizar la individualización de la sanción en virtud de que constituye la pena mínima.