Desmienten que Casa de Campaña sea arrendada por Ayuntamiento
De acuerdo con el Derecho de Réplica, establecido en la Ley Reglamentaria del artículo 6º, Párrafo Primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ayuntamiento de Xalapa solicitó al portal alcalorpolítico.com dar respuesta a una nota publicada este 1° de junio con el titular “Investigan si casa de campaña de Ricardo Ahued es rentada por el Ayuntamiento”. Al respecto, hizo las siguientes precisiones:1.- En la nota publicada en el mencionado portal, se señala que el Ayuntamiento de Xalapa arrenda el inmueble ubicado en la calle Benito Juárez 79, donde se realizaron actividades proselitistas en favor de un candidato que participa en el actual proceso electoral. Al respecto el Gobierno Municipal aclara que esta información es inexacta, pues actualmente no se renta ninguna propiedad localizada en tal dirección. 2.- Como se puede comprobar en la página oficial del Ayuntamiento de Xalapa, el Programa Anual de Arrendamiento 2021 fue aprobado por las y los integrantes del Cabildo el 15 de febrero de este año, según el cual se arrendan 12 inmuebles y ninguno corresponde a la calle Benito Juárez 79. 3.- En la versión periodística además se señala que el inmueble es ocupado para el desempeño de las funciones de la Subdirección de Juventud, lo cual también es falso, pues tal dependencia opera en la calle Facultad de Arquitectura S/N, colonia Represa del Carmen. 4.- El Gobierno Municipal además aclara que si bien en 2019 se arrendó el inmueble de la calle Juárez, al vencerse el correspondiente contrato no se renovó y se dio por concluido el proceso de arrendamiento, tal y como consta en el acta de entrega-recepción de fecha 20 de noviembre de 2019, que signaron la tutora del propietario del inmueble y representantes del Ayuntamiento.5.- Si bien las versiones periodísticas pueden formar parte de las estrategias de los equipos de campaña para posicionar a sus candidatos, la administración pública exhorta a los mismos a conducirse con la verdad, la prudencia y la normatividad electoral, y no involucrar al Ayuntamiento en cuestiones que sólo competen a los aspirantes a cargos de elección popular.